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Como parte de la sociedad civil, hemos participado activamente en el proceso de elaboración del Reglamento de la Ley 21.202 de Protección de Humedales Urbanos, al igual que lo hicimos durante el proceso legislativo. Esto a través de talleres convocados por el Ministerio del Medio Ambiente durante mayo y junio 2020 y de una carta con recomendaciones al Reglamento dirigida a la Ministra del Medio Ambiente y a los Secretarios Regionales Ministeriales. En relación al Reglamento de la Ley de Humedales Urbanos declaramos lo siguiente:

  1. A 50 años de la suscripción de la Convención Ramsar de protección de humedales por Chile, la Ley 21.202 de Protección de Humedales Urbanos, si bien no es la solución definitiva para proteger estos ecosistemas, si es un importante avance en nuestra normativa al contribuir con herramientas concretas para su protección.
  2. La implementación efectiva de la Ley 21.202 requiere la dictación de su Reglamento, para lo cual se especificó un plazo de seis meses, cumplidos el 23 de julio recién pasado.
  3. La elaboración del citado reglamento ha sido mandatado por ley al Ministerio del Medio Ambiente (MMA), y ha contado con la amplia participación de otros servicios públicos, numerosos expertos de todo el país y de la sociedad civil (más de 300 personas) organizada para la conservación y defensa de humedales.
  4. La propuesta de Reglamento elaborada por el MMA mantiene el espíritu original de la Ley e incorpora las recomendaciones de la ciudadanía y expertos, con criterios ecológicos, hidrológicos, de participación ciudadana y gestión adaptativa para la protección de humedales. Propone un procedimiento de reconocimiento de humedales urbanos claro, expedito, técnicamente fundamentado y con posibilidad de participación ciudadana, cuya tramitación depende únicamente del MMA.
  5. El Reglamento fue presentado por el MMA el pasado jueves 23 de julio al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, instancia presidida por la Ministra del Medio Ambiente e integrada por la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones y los Ministros de Agricultura, de Hacienda, de Salud, de Economía, Fomento y Turismo, de Energía, de Obras Públicas, de Vivienda y Urbanismo, de Minería y de Desarrollo Social, quienes deben proponer al Presidente de la República el Reglamento para que pueda ser firmado y luego tramitado por la Contraloría General de la República para que entre en vigencia.
  6. Por razones inentendibles y desconocidas para la sociedad civil, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad decidió no pronunciarse sobre el Reglamento el pasado 23 de julio y aplazar su decisión hasta el 30 de julio.
  7. Es inaceptable que el Consejo de Ministros dilate su pronunciamiento sobre el Reglamento, considerando la suma urgencia de proteger los humedales urbanos del país que se encuentran constantemente amenazados, muchas veces por la inacción de los servicios públicos, situación que ha ido en aumento durante los últimos meses desde la publicación de la Ley 21.202.
  8. Instamos a las Ministras y Ministros integrantes del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, a ratificar la propuesta de Reglamento elaborada y presentada por el MMA en su sesión del próximo jueves 30 de julio 2020. Solo así se podrá dar curso a los trámites finales requeridos para la publicación del reglamento en el menor plazo posible, considerando que el plazo de 6 meses estipulado en la Ley ya está vencido.

 


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